miércoles, 4 de mayo de 2011

TEMA BREVE SOBRE LAS FUENTES DEL DERECHO PENAL.


La fuente del Derecho es aquello de donde el mismo emana, de dónde y cómo se produce la norma jurídica. Entonces, la única fuente del Derecho penal en los sistemas en los que impera el principio de legalidad es la Ley, de la cual emana el poder para la construcción de las demás normas y su respectiva aplicación, por lo tanto, sólo ésta puede ser la creadora y fuente directa del Derecho penal.
La fuente del derecho son generalmente la ley, la jurisprudencias y la doctrina Hay que advertir que en materia penal, donde rige como aquí en Venezuela, el principio de legalidad y de las penas, es la ley penal la única fuente directa de conocimiento. Solo la ley penal describe los delitos y las sanciones aplicables a las personas que cometen los delitos.
LEY PENAL.
Es la manifestación de la voluntad colectiva, expresada por los órganos competentes constitucionales, mediante la cual se tipifican ciertos actos como delitos.
El Código Penal Venezolano es el conjunto unitario y sistematizado de las normas jurídicas punitivas de Venezuela, es decir, es un detallado pero preciso código que regula las actividades en materia penitenciaria.
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Principio fundamental del Derecho público conforme al cual todo ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley de su jurisdicción y no a la voluntad de las personas el cual nos establece seguridad jurídica.
Se podría decir que el principio de legalidad es la regla de oro del Derecho público y en tal carácter actúa como parámetro para decir que un Estado es un Estado de Derecho, pues en él el poder tiene su fundamento y límite en las normas jurídicas.
En íntima conexión con este principio, la institución de la reserva de Ley obliga a regular la materia concreta con normas que posean rango de Ley, particularmente aquellas materias que tienen que ver la intervención del poder público en la esfera de derechos del individuo. Por lo tanto, son materias vedadas al reglamento y a la normativa emanada por el Poder Ejecutivo. La reserva de ley, al resguardar la afectación de derechos al Poder legislativo, refleja la doctrina liberal de la separación de poderes.
Esta relación entre el principio de legalidad y el de reserva de la ley esta generalmente establecida -en una democracia- en el llamado ordenamiento jurídico y recibe un tratamiento dogmático especial en el Derecho constitucional, el Derecho administrativo, el Derecho tributario y el Derecho penal.

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